La Corte Suprema desestimó el recurso de Enzo Gauna y quedó firme la condena a prisión perpetua por el femicidio de Valeria Coggiola

La Corte Suprema desestimó el recurso de Enzo Gauna y quedó firme la condena a prisión perpetua por el femicidio de Valeria Coggiola
17 Abril, 2025 a las 21:00 hs.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso de queja presentado por la defensa de Enzo Walter Gauna, condenado a prisión perpetua por el femicidio de Valeria Coggiola, ocurrido en General Pico, La Pampa, en marzo de 2018. Con esta decisión, la sentencia condenatoria dictada por la Justicia pampeana queda firme.

El máximo tribunal del país resolvió el 15 de abril de 2025 que el recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Gauna era inadmisible, conforme al artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que habilita a la Corte a desestimar causas sin emitir pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión​.

En su voto, el ministro Ricardo Lorenzetti destacó expresamente que la desestimación de un recurso bajo ese artículo “no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida”, en línea con la jurisprudencia del tribunal en casos similares​.

La defensa de Gauna, representada por el Dr. Gastón Eduardo Gómez, había presentado la queja luego de que el Superior Tribunal de Justicia de La Pampa le denegara el recurso extraordinario federal. Previamente, la condena a prisión perpetua había sido confirmada por el Tribunal de Impugnación Penal y el Tribunal de Audiencia de la Segunda Circunscripción Judicial de la provincia.

El caso

Valeria Coggiola fue asesinada el 4 de marzo de 2018 en su vivienda de General Pico. La investigación determinó que Enzo Gauna, su expareja, la atacó con saña y violencia extrema. El Tribunal de Audiencia lo condenó en mayo de 2020 por homicidio doblemente calificado por el vínculo y por mediar violencia de género, constituyendo un femicidio.

La sentencia fue ratificada en octubre del mismo año por el Tribunal de Impugnación Penal y luego por el Superior Tribunal de Justicia de La Pampa. Con el rechazo de la Corte Suprema, ya no quedan instancias judiciales nacionales ordinarias para revertir el fallo.

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