La Justicia ratifica sentencia a favor de ahorristas pampeanos en planes de autos

La Justicia ratifica sentencia a favor de ahorristas pampeanos en planes de autos
26 Septiembre, 2024 a las 15:15 hs.

La Cámara de Apelaciones de Santa Rosa confirmó el fallo a favor de los ahorristas pampeanos que suscribieron planes de ahorro para la compra de vehículos. La decisión, emitida con el voto de los jueces Salas y Ganuza, respalda la sentencia de primera instancia dictada por la jueza Adriana Pascual el 27 de marzo de 2024. Este fallo, clave para miles de consumidores, marca un precedente en la disputa sobre los aumentos desmedidos en las cuotas de los planes de autos.

El fallo favorece a más de 1200 amparistas que se presentaron en el expediente, y, al ser un proceso colectivo enmarcado en la Ley de Defensa del Consumidor, beneficia también a todos los pampeanos que firmaron este tipo de contratos antes del 29 de octubre de 2019. Las automotrices involucradas, entre ellas Chevrolet, Volkswagen, Fiat, Ford, Renault, Peugeot, Chery y Toyota, deberán actualizar las cuotas según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Aumentos desmedidos y falta de transparencia

La jueza Pascual fundamentó su fallo en la evidencia de aumentos excesivos en las cuotas, que superaron el índice de inflación, el coeficiente de variación salarial y el valor del dólar oficial. En algunos casos, las cuotas llegaron a subir hasta un 661%, mientras que la inflación del mismo período fue del 90%. Estos incrementos, según la sentencia, fueron aplicados unilateralmente por las automotrices, sin una explicación clara sobre el cálculo de las cuotas.

El diputado Espartaco Marín, quien fue uno de los impulsores de la demanda, expresó su satisfacción con el fallo, subrayando que “la sentencia confirmó lo que veníamos expresando: los aumentos fueron desmedidos y estuvieron por encima de los indicadores económicos relevantes”.

Implicancias del fallo

La resolución judicial establece que las automotrices tienen un plazo de 20 días hábiles para recalcular las cuotas conforme a la inflación. Si este ajuste resulta en una deuda a favor de los ahorristas, las empresas deberán imputar el monto a las futuras cuotas pendientes de pago. En el caso de que no existan deudas, las automotrices tendrán que restituir el dinero a los suscriptores en un plazo de 20 días hábiles.

Para aquellos ahorristas que resulten con deudas tras la actualización, podrán optar por pagar en un único pago o en cuotas, sin que estas superen el 25% de sus ingresos mensuales. Además, las automotrices deberán entregar los vehículos a los ahorristas que hayan cumplido con todas las obligaciones derivadas de los contratos recalculados.

Impacto a largo plazo

El fallo también es relevante porque declara la nulidad parcial de las cláusulas que definían el precio de los contratos de adhesión. La jueza calificó de abusiva la falta de información adecuada proporcionada a los consumidores, incumpliendo el artículo 4 de la Ley de Defensa del Consumidor. Además, destacó la falta de previsión y la excesiva onerosidad de los contratos, agravada por el proceso inflacionario que comenzó en 2018.

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