El Tribunal de Impugnación Penal confirmó las condenas a prisión perpetua de Claudio Crispín Obejero y Enrique Ariel Obejero, padre e hijo respectivamente, por ser coautores del delito de homicidio calificado por haber sido cometido con alevosía, en perjuicio de Fabio Bazán.
Los jueces de la Sala B, Mauricio Piombi y Filinto Rebechi, decidieron no hacer lugar a los recursos de impugnación presentados por las defensoras oficiales María Silvina Blanco Gómez y Alejandro Moyano González. Así, el TIP ratificó en su totalidad la sentencia dictada por la Audiencia de Juicio de Santa Rosa el pasado 13 de diciembre.
Los hechos ocurrieron el 27 de marzo de 2023, cuando los Obejero provocaron la muerte de Bazán (24 años) mediante el uso de un objeto contundente, aplicando al menos dos golpes en la cabeza, provocando un trauma craneano. Simultáneamente, la víctima fue agredida con un arma blanca, que le provocó una herida en el tórax.
Horas después del homicidio, padre e hijo arrojaron el cuerpo de Bazán en un tanque de agua de hormigón armado en un predio de un relleno sanitario en Santa Rosa. Posteriormente, incineraron el cuerpo, que fue encontrado más de 10 días después, parcialmente carbonizado y con múltiples heridas.
En su defensa, Blanco Gómez argumentó que fue el padre quien cometió el homicidio y que existió legítima defensa, una argumentación que fue desestimada por los jueces. Piombi y Rebechi sostuvieron que la participación de Enrique Obejero en el hecho estaba claramente acreditada y que la supuesta defensa no era válida dado que no existían medios racionales para evitar la agresión.
Los magistrados también se refirieron a la figura de la alevosía, señalando que esta implica actuar sobre seguro, lo que fue evidente en el caso. Como conclusión, ambos defensores también vieron desestimados sus argumentos sobre la alevosía, sentenciando que el accionar de los imputados fue carente de los principios fundamentales que deben regir en una comunidad.