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Ley de Transporte por Cuenta Propia: “viene a solucionar un vacío que tenía la ley para organismos públicos, empresas, clubes, universidad e iglesias, que deben transportar personal propio”

Ley de Transporte por Cuenta Propia: “viene a solucionar un vacío que tenía la ley para organismos públicos, empresas, clubes, universidad e iglesias, que deben transportar personal propio”
31 Julio, 2024 a las 11:00 hs.

Mauricio Márquez, director de Transporte, en una entrevista con “La Redacción”, dio detalles de la implementación de la ley que se sancionó el año pasado.

Audio| Entrevista con Mauricio Márquez en INFOPICO RADIO 99.9

El director de Transporte, en diálogo con INFOPICO RADIO 99.9, explicó cómo se implementará la ley de transporte por cuenta propia, que fue promulgada en el 2023 y que “se está poniendo en marcha, se está regulando. Esta ley trata de solucionar un vacío que tenía la ley de transporte original en donde los organismos públicos o establecimientos comerciales, asociaciones o fundaciones que tienen que transportar a sus propios empleados, socios, etc, de manera segura, no había una figura legal para brindarles habilitación. Si bien los controles importantes se llevaban a cabo y se exigía la seguridad correspondiente, no había una ley concreta”

Como antecedente, “utilizamos resoluciones de la provincia de Neuquén y Río Negro, que trabajaron con la actividad productiva de esa región, que es el petróleo, que deben transportar su personal desde la planta a los pozos. Esa gente no tenía una actividad comercial con el transporte, entonces esa ley solucionó el vacío legal que existía”, detalló Márquez.

Explicó que la ley contempla a empresas que movilizan su personal como “frigoríficos, constructoras, además de todos los organismos públicos como municipios, clubes que movilizan a chicos que compiten, Universidad, iglesias, etc”, y aclaró que “no reciben una renta o beneficio con la comercialización del servicio, lo hacen para movilizar a las personas”.

Los requisitos, “son los mismos que exigimos para la categoría de servicios especiales, como por ejemplo, que la persona que está al frente de la unidad debe tener carnet habilitante, y la unidad debe contar con la seguridad, la verificación técnica, el rango de la antigüedad que establece la ley para los servicios especiales y los seguros para transportar personas”, especificó.

La ley surge “por distintos planteos de los establecimientos industriales, porque había un vacío legal. Ya estamos notificando a los municipios y entidades y explicándoles que las habilitaciones se van a gestionar por expedientes electrónicos, para acelerar los trámites”, remarcó el director de Transporte.

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