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“Con la conducta de los acusados se le impide conocer para siempre la identidad al hijo biológico”, afirmó Agüero tras pedir la condena

“Con la conducta de los acusados se le impide conocer para siempre la identidad al hijo biológico”, afirmó Agüero tras pedir la condena
1 Julio, 2024 a las 17:00 hs.

Se llevó a cabo un juicio en los tribunales de General Pico a dos hermanos mendocinos que cremaron el cuerpo de su tío y también los restos de todos sus familiares directos con la supuesta intención de hacer desaparecer pruebas por la herencia del bioquímico piquense que los dejaría sin un amplio porcentaje de la herencia por la aparición de un hijo biológico. El fiscal general, Armando Agüero fue parte de la acusación que solicitó 3 años de prisión en suspenso por el delito de “supresión de estado civil”.

El fiscal general visitó los estudios de INFOPICO RADIO 99.9 donde brindó una amplia explicación del juicio que culminó el jueves con un pedido de condena y una absolución por parte de la defensa y que el juez Marcelo Pagano deberá resolver durante esta semana.

El hecho

“Las personas pueden dejar un porcentaje de sus bienes por testamento, si hay hijos o herederos, están forzados a dejarles a ellos el porcentaje mayor (80%). Cuando no hay herederos, se puede dejar el 100% en el testamento, que fue este caso, ya que el bioquímico dejó todo su patrimonio a dos sobrinos sin vínculo biológico”.

“Desde que falleció, los dos sobrinos se hicieron de ese patrimonio y lo fueron vendiendo legítimamente, porque eran los herederos. La disposición que hicieron sobre el patrimonio no se discute, porque lo hicieron por testamento, lo que se discutió es que enterados de la existencia de un heredero biológico y que tenía derecho al 100% de eso, esta persona reclama que le restituyan el 80%, y los sobrinos, para impedir que eso ocurra, incineran el cuerpo del bioquímico (de apellido Cadenas) y el de sus padres para que no se realice un examen genético”, detalló Agüero.

Ante la consulta de que si tuvieron que solicitarle a la justicia la cremación de los cuerpos, el fiscal explicó que “al ser los herederos, pueden solicitar la incineración al cementerio, si pasar por la justicia. Pero al momento del pedido, había una medida de no inovar (no modificar), porque el cuerpo era una prueba filiatoria. La medida se le notificó a la Municipalidad, pero por alguna razón no llegó al cementerio, y se hizo la cremación, pero eso no hace responsable al municipio”.

¿Cómo se determinó, sin la prueba genética, que el damnificado es hijo de Cadenas?

“Cuando no existía la prueba genética, aparecían otras pruebas como fotos, testigos de las relaciones, cartas, etc. Todo eso se llamaba ´estado de hijo´: se le daba estado de hijo, aunque formalmente no había sido reconocido. En este caso ocurrió eso: no teníamos la prueba biológica, pero si muchos otros datos que el juez en lo civil determinó de que efectivamente Alomar es hijo de Cadenas y así lo declaró”.

“El haber destruido los cadáveres es un delito porque provoca la permanente incertidumbre de la identidad biológica y por eso solicitamos tres años de prisión en suspenso y aclaró que “nosotros nos limitamos es a lo penal, la cuestión patrimonial va por el camino de lo civil, pero si tuvimos en cuenta la extensión del daño que esta conducta tiene porque haber quemado los cuerpos le pone difícil a Alomar recuperar todo su patrimonio”.

Pero para lo penal, “el delito más importante es la identidad, porque con la conducta de los acusados se le impide conocer para siempre su identidad”, subrayó el fiscal general.

Agüero reveló que en el proceso de investigación del caso intervinieron las líneas de teléfono para escuchar a los imputados que en el juicio sirvieron como prueba para demostrar que sabían de la existencia del hijo biológico.

“No recuerdo un caso como este en General Pico en los últimos 20 años”.

Audio| Entrevista al fiscal General Armando Agüero en INFOPICO RADIO 99.9.
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